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CORONAVIRUS | Sanciones por incumplimientos de la limitación a la libertad de circulación


El país no se convertirá en un estado policial: se apela a la responsabilidad individual

Se sancionará al que, después de las recomendaciones y advertencias de los agentes de la autoridad, se resista fehacientemente y desobedezca los detalles del Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, que entró en vigor a las 0:00 horas de este domingo, y regula esta situación excepcional.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán sancionar con multas de hasta 600.000 euros y penas de hasta un año de cárcel a quien no cumpla las restricciones fijadas por el Gobierno en aplicación del estado de alarma. Las multas serán de 100 euros a una pena de prisión de un año si se “resistiere o desobedeciere gravemente a las autoridades o sus agentes en el ejercicio de sus funciones”.
La tramitación de estas propuestas de sanción, que deberán observar los plazos administrativos (denuncia, desarrollo del expediente por un instructor, etc), no finalizarán hasta transcurridas semanas, o incluso meses.
Por otro lado, la Delegación del Gobierno ha puesto a disposición del sistema sanitario de Castilla y León un total de 35.000 mascarillas, así como otro instrumental médico, que almacenaba en sus dependencias.
El delegado del Gobierno, Javier Izquierdo, ha dado instrucciones en la mañana de este primer día de aplicación del Real Decreto, para que se permita el desplazamiento de tractoristas. El tránsito de estos vehículos debe ser garantizado, y no impedido, puesto que estas personas se desplazan como vehículos de trabajo. El Artículo 7 regula como excepción el “desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial”.

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